Seguridad del pagaré notarial

  1. La compra de una propiedad de la gama del Grupo Samana o una inversión a través de nuestros instrumentos de inversión, está garantizada sobre los activos de la empresa a través de un pagaré notarial .
  2. Un pagaré notarial es un acto oficial que tiene fuerza de ley en virtud del artículo 545 del Código Procesal Civil de la República Dominicana.
  3. El pagaré notarial es la versión dominicana equivalente a un documento notarial en el que el deudor se somete a la ejecución de todos sus bienes sin necesidad de procedimientos judiciales.
  4. Así funciona el procedimiento  Pagaré notarial
    1. El documento se redacta ante notario público  y en presencia de dos testigos independientes que dan fe pública de las obligaciones acordadas entre las partes del contrato.
    2. El documento se inscribe en el registro civil del municipio y en el acta notarial.
    3. Además, el notario expide un certificado notarial que confirma que el pagaré notarial existe en los archivos bajo su responsabilidad.
    4. Si el deudor incumple, se emite una orden de ejecución con la certificación notarial en el encabezamiento de la escritura.
    5. Una vez transcurrido el plazo de pago de la obligación, se puede acudir, en particular, al departamento de ejecución de la fiscalía para ejecutar la deuda.
    6. Dicha obligación también puede ejecutarse contra cuentas bancarias o dinero adeudado al deudor por terceros.
  5. Ventajas del pagaré notarial
    1. El pagaré notarial proporciona a los acreedores una garantía real sobre los activos del deudor, por lo que es una solución que ofrece una sólida seguridad para las transacciones comerciales. Todas las transacciones con el Grupo Samana están garantizadas por los activos de la empresa, incluidos los terrenos propiedad del Grupo Samana con un valor de tasación de 10 millones de USD.
    2. Como el pagaré notarial es un documento oficial, no requiere una sentencia judicial para ejecutar la deuda.
    3. Esto significa que un acreedor puede solicitar directamente ayuda a diversos tipos de autoridades públicas, incluidas las fuerzas del orden, para ejecutar su crédito, sin necesidad de iniciar un proceso judicial.
    4. Al tener la facultad de ejecutar una sentencia, un pagaré notarial reduce significativamente el tiempo que se tarda en ejecutar una deuda en comparación con una hipoteca o la obtención de una sentencia judicial.
    5. En la práctica, esto significa que las posibilidades de hacer efectivas las deudas en la República Dominicana  son mayores que en otros países, donde la ejecución de las deudas es gestionada únicamente por un agente judicial.
  6. Fundamento legal: artículo 545 del Código Procedimiento Civil dominicano, relativo al pagaré notarial.
    1. Tienen fuerza ejecutoria las primeras copias de las sentencias y otras decisiones judiciales y las de los actos notariales que contengan obligación de pagar cantidades de dinero, ya sea periódicamente o en época fija; así como las segundas o ulteriores copias de las mismas sentencias y actos que fueren expedidas en conformidad con la ley en sustitución de la primera. 
    2. Párrafo.- Sin perjuicio de las demás atribuciones que les confieren las leyes, es obligación general de los representantes del ministerio público, de los alguaciles y de los funcionarios a quienes está encomendado el depósito de la fuerza pública a prestar su concurso para la ejecución de las sentencias y actos que conforme a este artículo estén investidos de fuerza ejecutoria, siempre que legalmente se les requiera a ello. 
  7. Un pagaré notarial es el instrumento de seguridad más sólido que puede recibir un cliente que compra una propiedad en la República Dominicana.
  8. Según un bufete de abogados polaco independiente, un pagaré notarial es una garantía muy sólida para el acreedor, mucho más fuerte que una hipoteca.

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